La Iglesia Católica y otras confesiones cristianas se aprovechan de la tradición secular de celebrar los nacimientos para incrementar de forma ilegítima su implantación social. La ausencia de alternativas laicas para celebrar este tipo de acontecimientos favorece la perpetuación de los ritos religiosos. Para la Iglesia Católica, el acto formal del bautizo no es una simple celebración, es un "sacramento" que implica el ingreso de la persona recién nacida en dicha comunidad religiosa, lo que provoca que muchos ciudadanos y ciudadanas se encuentren formando parte de una confesión que jamás han escogido y que no se corresponde con sus ideas.
¿Qué es la apostasía?
La apostasía es el procedimiento por el cual se abandona la pertenencia a la Iglesia Católica después de haber entrado a formar parte de ella mediante el bautismo.
La declaración de apostasía es el único medio que la Iglesia Católica, en principio, reconoce para que una persona bautizada deje de pertenecer a ella de forma voluntaria, ya que el apartarse de la práctica religiosa en ausencia de una manifestación formal de abandono de la Iglesia no comporta para la Iglesia ninguna situación especial.
Sin embargo, viene siendo una práctica habitual por parte de la Iglesia Católica negarse o poner trabas a la aceptación de las declaraciones de apostasía. Conviene entonces recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos para que ésta obligue (en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos) a la Iglesia Católica a que suprima de todos sus registros los datos de la persona que así lo solicite (todas las últimas resoluciones de la Agencia así lo hacen).
¿Cómo apostatar?
Para apostatar, primero hay que solicitar a la Iglesia Católica que suprima nuestros datos personales de todos sus registros, puesto que nos oponemos a que posea dichos datos personales (este procedimiento, según la Ley Orgánica de Protección de Datos, recibe el nombre de "ejercicio del derecho de oposición"). Para ello, hay que realizar dos procedimientos paralelos y casi idénticos: uno en relación con la parroquia donde se recibió el bautismo y otro en relación con el obispado/arzobispado al cual pertenece dicha parroquia. La razón de esto es que jurídicamente la parroquia y el obispado/arzobispado son entidades independientes y ambas poseen datos personales nuestros.
Por tanto, en primer lugar hay que dirigir dos cartas solicitando que supriman nuestros datos personales de todos sus registros:
- una a la parroquia donde se recibió el bautismo, pues es ésta la que posee los libros parroquiales (es decir los libros de bautismos, confirmaciones, bodas y defunciones). Existe un modelo de carta de "Ejercicio del derecho de oposición (dirigido a la parroquia)".
- y otra al obispado/arzobispado al cual pertenece dicha parroquia, pues es éste quien posee una copia de los libros parroquiales de todas sus parroquias. Existe un modelo de carta de "Ejercicio del derecho de oposición (dirigido al obispado/arzobispado)".
Una vez enviadas dichas cartas, caben varias posibilidades:
- Aceptan nuestra solicitud y acceden a suprimir nuestros datos. En este caso, finaliza así nuestro proceso de apostasía.
- Se niegan a suprimir nuestros datos. En este caso cabe cursar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos.
- Ponen alguna traba para suprimir nuestros datos. En este caso también cabe cursar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos.
- Pasa más de un mes sin que recibamos respuesta alguna. También cabe cursar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos en este caso.
Por tanto, si se niegan a suprimir nuestros datos, nos ponen alguna traba o pasa más de un mes sin que nos contesten, entonces habrá que rellenar el modelo de carta de "Denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos" y enviarlo mediante correo certificado a la Dirección de la Agencia. Cabe señalar que esta denuncia debe ser cursada independientemente tanto contra la parroquia como contra el obispado/arzobispado.
Será entonces la Agencia Española de Protección de Datos la que inicie un procedimiento de tutela de derechos y finalmente obligue a la Iglesia Católica a suprimir nuestros datos personales. Aquí conviene señalar que hasta la fecha, la Agencia Española de Protección de Datos ha estimado todas las denuncias (dando la razón a las personas que quieren apostatar), pero simplemente ha obligado a la Iglesia Católica a aceptar la declaración de apostasía, mediante la pertinente anotación en el libro de bautismo y la correspondiente certificación de la misma. Sin embargo, estamos trabajando en los tribunales para que obligue a la Iglesia Católica a suprimir íntegramente nuestros datos personales. Os mantendremos informados en esta página web.
Pasos a seguir para apostatar
- Rellena los modelos de carta de "Ejercicio del derecho de oposición (dirigido a la parroquia)" y "Ejercicio del derecho de oposición (dirigido al obispado/arzobispado)".
- Si quieres saber cuál es la diócesis a la que pertenece un determinado municipio, puedes consultarlo en: http://www.conferenciaepiscopal.es/scripts/municipios/busca.idc
- Si quieres saber los datos del obispado/arzobispado de cualquier diócesis (nombre, dirección), así como los datos de sus parroquias, puedes consultar el siguiente listado de todas las diócesis del Estado español: http://www.conferenciaepiscopal.es/diocesis/diocesis.htm
- Si quieres saber cuál es la diócesis a la que pertenece un determinado municipio, puedes consultarlo en:
- Adjunta también una fotocopia del DNI.
- Envía las carta de ejercicio del derecho de oposición y la fotocopia del DNI: una a la parroquia y la otra al obispado/arzobispado. Para enviarlas, dispones de varios métodos:
- Mediante correo certificado.
- En mano en la propia sede de la entidad. Para ello, haz primero una fotocopia de la carta de ejercicio del derecho de oposición, una vez completamente rellenada, para que te pongan el sello de entrada (con sello oficial y reseñando la fecha de recepción) y tener así un justificante de que se ha entregado.
- Mediante un burofax, que tiene un precio muy razonable (si no se conoce el sistema, puede obtenerse información en cualquier oficina de Correos).
- Mediante un requerimiento notarial (que puede hacerse ante cualquier Notaría, pero es un proceso algo más caro y exige dedicarle más tiempo).
- Mediante correo certificado.
- Si, o bien pasa un mes y no recibes repuesta alguna, o bien recibes una carta donde se desestima tu ejercicio de oposición, o bien te ponen alguna traba (por ejemplo, solicitándote la partida de bautismo), entonces rellena el modelo de carta de "Denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos". Recuerda que debes rellenar dos cartas, una con los datos de la parroquia (si es ésta la que se niega a suprimir tus datos) y otra con los datos del obispado/arzobispado (si es éste quien se niega).
- Una vez rellenados todos los datos de la carta de denuncia, haz una fotocopia de la misma para que te pongan un sello con la fecha en Correos y tener así un justificante de que se ha entregado.
- Adjunta una fotocopia del DNI.
- Adjunta también, si procede, una fotocopia de la carta donde la parroquia o el obispado/arzobispado desestima tu ejercicio de oposición o te pone alguna traba al mismo.
- Envía la carta de denuncia y la fotocopia del DNI por correo certificado a la siguiente dirección:
Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos
y solicita que en Correos sellen con la fecha la fotocopia de la carta.
C/ Jorge Juan, 6
28001 Madrid
Fuente: http://www.apostasia.es/es/info.php
Yo apostaté hace un año en Zaragoza y no tuve ningún problema. Mandé los modelos que se pueden encontrar en varias páginas web y al poco me llamaron. Te recomiendo que pongas tu número de teléfono, porque estuvieron llamando a toda mi familia hasta localizarme, jejeje, no veas que susto se llevaron.
ResponderEliminaren mi caso es algo más complicado, porque fui bautizado en Alemania (cosas de la emigración)... pero intentaré hacerlo cuanto antes ;) gracias!
ResponderEliminarEste blog es para descerebrados. Vamos no hay cosas mejor que hacer que pedir que te borren la ficha bautismal. Además al "voceras" del blog le digo que hay una sentencia del TS del 2008 en el que declara que los libros del bautismo no son ficheros de datos. Así que si quieren en la parroquia o iglesia os mandan a espigar y santas pascuas.
ResponderEliminarHola Juan Rafael. Por qué no haces como que te caes, y me comes un poquito el nabo?
ResponderEliminarHola quisiera saber un par de cosas:
ResponderEliminar1º) Si al apostatar y poner una nota marginal en la partida de nacimiento ¿ya no pueden pedir dinero por ti al gobierno?
2º) Como podemos saber que al tratar con el gobierno te descuentan de la suma total de fieles?
Porque yo creo que si (por ejemplo) tenian 300 fieles y yo apostato, no van a decir tenemos 299 fieles. No sé si me he esplicado, un saludo.
Aqui no contesta nadie o que?...Bueno y a Juan Rafael decirle que si una persona no cree en la iglesia ni en dios, lo normal es apostatar aunque no destrullan tus datos porque ellos estan pidiendo al estado todos los años entre lo que reciben directamente y lo de la celebre casilla de hacienda para la iglesia mas de medio billon de euros al año con la falta que le haría a tantas familias que no tienen que dar de comer a sus hijos o para pagar la hipoteca, y lo hacen pidiendo dinero en tu nombre y del de todos los bautizados. Fijate que buena la iglesia.
ResponderEliminara cagar
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